Artículo 2 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica sobre el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 25 de abril de 2011.
Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica sobre el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 25 de abril de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
JURISDICCIÓN La Parte Requerida no estará obligada a proporcionar información que no esté en poder de sus autoridades ni en posesión o bajo el control de personas que estén dentro de su jurisdicción territorial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.