Tratado internacional

Artículo 2 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009.

Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO II Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por reconocimiento, la validez oficial otorgada en cada una de las Partes a los estudios realizados en las instituciones educativas reconocidas por el Sistema Educativo Nacional de la Otra, acreditados por certificados de estudios, títulos o grados académicos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 2 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009. a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala sobre Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos a Nivel Primaria, Secundaria y Medio Superior o sus Equivalentes, firmado en la ciudad de Guatemala, el 26 de octubre de 2009.?

Para los efectos de este Acuerdo se entenderá por reconocimiento, la validez oficial otorgada en cada una de las Partes a los estudios realizados en las instituciones educativas reconocidas por el Sistema Educativo…

¿Está vigente el artículo 2?

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