Tratado internacional

Artículo 9 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011.

Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Procedimiento de Acuerdo Mutuo 1. Cuando surjan dudas o dificultades entre las Partes en relación con la aplicación o la interpretación del presente Acuerdo, las autoridades competentes respectivas harán su mejor esfuerzo por resolverlas mediante acuerdo mutuo.

2. Además del acuerdo a que se refiere el párrafo 1, las autoridades competentes de las Partes podrán convenir los procedimientos que deban seguirse de conformidad con los Artículos 4, 5 y 8.

3. Las Partes también podrán acordar otras formas de resolución de controversias si es necesario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 9 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011. a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de Guernsey para el Intercambio de Información en Materia Tributaria, hecho en la Ciudad de México el 10 de junio de 2011 y en Saint Peter Port, Guernsey el 27 de junio de 2011.?

Procedimiento de Acuerdo Mutuo 1. Cuando surjan dudas o dificultades entre las Partes en relación con la aplicación o la interpretación del presente Acuerdo, las autoridades competentes respectivas harán su mejor…

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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