Artículo 131 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La huelga general es la que se endereza en contra de todos los funcionarios de los Poderes del Estado y sólo puede ser motivada por cualquiera de las siguientes causas:
a).- Por falta de pago de salarios consecutivos correspondientes a un mes de trabajo, salvo el caso de fuerza mayor que calificará el Tribunal de Arbitraje.
b).- Porque la política general de la Administración comprobada con hechos, sea contraria a los derechos fundamentales que este Código concede a los trabajadores, debiendo en tal caso hacer la comprobación respectiva el propio Tribunal.
c).- Por desconocimiento oficial del Tribunal de Arbitraje o porque se le pongan graves obstáculos para el ejercicio de sus atribuciones.
d).- Porque se haga presión para frustrar una huelga parcial.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.