Artículo 149 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Prescribirán en un mes:
I.- Las acciones para pedir la nulidad de la aceptación de un nombramiento hecho por error, contando el término a partir del momento en que el error sea conocido;
II.- Las acciones de los trabajadores para volver a ocupar el puesto que hayan dejado por accidente o por enfermedad contando el plazo a partir de la fecha en que estén en aptitud de volver al trabajo;
III.- Las acciones de los funcionarios para suspender a los trabajadores por causas justificadas y para disciplinar las faltas de éstos, contando el plazo desde el momento en que se dé causa para la separación o de que sean conocidas las faltas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.