Artículo 694 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los internos tienen derecho a ser recibidos en audiencia por los funcionarios del reclusorio, a transmitir quejas y peticiones, pacíficas y respetuosas a autoridades del exterior y a exponerlas personalmente a los funcionarios que lleven a cabo las visitas oficiales o de reglamento a las instituciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.