Código Administrativo estatal

Artículo 699 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La dirección, vigilancia, disciplina y administración de los establecimientos carcelarios estarán a cargo de los directores o alcaides que dependerán de la primera autoridad política, de las autoridades judiciales y de la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada en Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, dentro de las atribuciones de cada una de esas entidades.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 699 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

La dirección, vigilancia, disciplina y administración de los establecimientos carcelarios estarán a cargo de los directores o alcaides que dependerán de la primera autoridad política, de las autoridades judiciales y de…

¿Está vigente el artículo 699?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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