Artículo 736 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Salvo lo dispuesto expresamente en este Código, el mismo no será aplicable:
I.- A las instituciones o establecimientos fundados y sostenidos directamente por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Educación Pública o de cualquiera otra de sus dependencias; y II.- A los establecimientos cuya creación y sostenimiento se funde en algún convenio especial que celebre el Gobierno del Estado, en cuyo caso, ese propio convenio fijará el estatuto que deba regir la vida de la institución a que da origen.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.