Código Administrativo estatal

Artículo 741 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los habitantes del Estado tendrán iguales derechos en materia de educación y el gobierno les ofrecerá las mismas oportunidades para adquirirla, dentro de los requisitos legales y reglamentarios exigidos para los distintos tipos de educación.

CAPITULO II FACULTADES Y DEBERES DEL ESTADO EN MATERIA EDUCATIVA

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 741 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

Los habitantes del Estado tendrán iguales derechos en materia de educación y el gobierno les ofrecerá las mismas oportunidades para adquirirla, dentro de los requisitos legales y reglamentarios exigidos para los…

¿Está vigente el artículo 741?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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