Artículo 791 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ingresar como maestros del sistema escolar del Estado en cualquiera de las categorías de los tipos de educación que comprende, se precisa:
a).- Ser mexicano;
b).- No ser ministro de algún culto o miembro de corporación religiosa;
c).- No tener más de cuarenta y cinco años de edad;
d).- No padecer de enfermedad o adolecer de defecto físico que impida el ejercicio del magisterio;
e).- Poseer título de maestro del tipo de educación en que vaya a ejercer.
Para el ejercicio de la enseñanza de las actividades tecnológicas, de no haber maestros titulados en la especialidad, el Estado podrá aceptar los servicios de maestros diplomados.
CAPITULO XIII DE LOS ESTIMULOS, PRERROGATIVAS Y DERECHOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.