Artículo 805 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En cada Unidad Burocrática funcionará una Comisión Mixta de Escalafón, integrada con igual número de representantes del Gobierno y del sindicato respectivo. Los citados representantes designarán un Presidente Arbitro de común acuerdo para que intervenga en los casos de empate.
Si no hay acuerdo, la designación será hecha por el Tribunal de Arbitraje, quien resolverá en un plazo que no exceda de diez días y de una lista de cuatro candidatos que las partes en conflicto le propongan.
(REFORMADO, P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 1979)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.