Código Administrativo estatal

Artículo 857 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila

Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En las escuelas oficiales del Estado podrán establecerse cooperativas de alumnos con los siguientes fines:

a).- Inculcar a los socios hábitos de organización y servicios colectivos;

b).- Ilustrarlos acerca de las bondades y organización del cooperativismo; y c).- Darles facilidades para la adquisición a bajo precio de útiles escolares y otras mercancías.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 857 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila?

En las escuelas oficiales del Estado podrán establecerse cooperativas de alumnos con los siguientes fines: a).- Inculcar a los socios hábitos de organización y servicios colectivos; b).- Ilustrarlos acerca de las…

¿Está vigente el artículo 857?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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