Artículo 89 de Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila
Código Administrativo del Estado Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La jornada mixta es la que comprende períodos de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno no exceda de tres horas, pues en caso contrario, se considerará como jornada nocturna total. La duración de la jornada mixta no será mayor de siete y media horas. Esta disposición no se aplicará al personal de los cuerpos de seguridad pública.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.