Artículo 1186 de Código Civil del Estado de Aguascalientes
Código Civil del Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1186.- La interrupción de la prescripción a favor de alguno de los acreedores solidarios, aprovecha a todos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.