Artículo 508 de Código Civil del Estado de Aguascalientes
Código Civil del Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 508.- El marido es tutor legítimo y forzoso de su mujer, y ésta lo es de su marido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.