Artículo 663 de Código Civil del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Civil del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 663.- Las personas menores de dieciocho años de edad no pueden alegar la nulidad de que habla el artículo 659, en las obligaciones que hubieren contraído sobre materias propias de la profesión o arte en que sean peritos.
(REFORMADO, P.O. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.