Artículo 1311 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1311.- El legado del menaje de una casa sólo comprende los bienes muebles a que se refiere el artículo 773.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.