Artículo 224 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 224.- Durante el matrimonio, la separación de bienes puede terminar y ser sustituida por la sociedad conyugal por voluntad de los cónyuges.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.