Artículo 2256 de Código Civil del Estado de Campeche
Código Civil del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 2256.- Las donaciones hechas simulando otro contrato a personas que conforme a la ley no pueden recibirlas, son nulas, ya se hagan de modo directo, ya por interpósita persona.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.