Artículo 1296 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1296.- El legado puede recaer en bienes, en la prestación de hechos o servicios, en la transmisión de derechos o en la liberación de obligaciones, cuando los mismos se identifiquen de manera particular.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.