Artículo 1316 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1316.- El legatario de un bien que perece incendiado después de la muerte del testador, tiene derecho a recibir la indemnización del seguro si la cosa estaba asegurada.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.