Artículo 1403 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1403.- Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto en lo relativo a los herederos y legatarios:
I.- Si el heredero o legatario muere antes que el testador o si mueren antes de que cumpla la condición de que dependan la herencia o el legado.
II.- Si el heredero o legatario se vuelve incapaz de recibir la herencia o legado.
III.- Si el heredero o legatario renuncia a su derecho.
La disposición testamentaria que esté sujeta a la condición de un suceso pasado o presente desconocidos, no caduca aunque la noticia del hecho se adquiera después de la muerte del heredero o legatario, pues en estos casos, sus derechos se transmiten a sus respectivos herederos.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.