Artículo 1435 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1435.- Si al hacer la presentación del testamento, el testador no pudiere firmar, lo hará otra persona en su nombre y en su presencia, que no será ninguno de los testigos.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.