Artículo 1555 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1555.- El que es instituido heredero en un testamento y repudia la herencia, se entiende que lo hace respecto de la herencia legítima, salvo que expresamente establezca que lo hace respecto del testamento.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.