Artículo 1618 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1618.- Aprobadas las cuentas, deberá el albacea presentar el proyecto de división y participación de los bienes de la herencia; en su caso, los interesados podrán celebrar, sobre el resultado, los convenios que quieran.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.