Código Civil estatal

Artículo 1673 de Código Civil del Estado de Chihuahua

Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1673.- Los coherederos están recíprocamente obligados a indemnizarse en caso de evicción de los bienes repartidos y pueden usar del derecho que este Código les concede en materia de hipoteca necesaria, para pedir la constitución de ésta en seguridad de sus créditos.

(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1673 de Código Civil del Estado de Chihuahua?

1673.- Los coherederos están recíprocamente obligados a indemnizarse en caso de evicción de los bienes repartidos y pueden usar del derecho que este Código les concede en materia de hipoteca necesaria, para pedir la…

¿Está vigente el artículo 1673?

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