Artículo 1675 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1675.- Si alguno o algunos de los herederos estuviere insolvente, la cuota con que debía contribuir se repartirá entre los demás incluyendo el que perdió su parte.
Los que pagaren por el insolvente conservarán su acción contra él, para cuando mejore su fortuna.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.