Artículo 188 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
188.- Si los dos cónyuges procedieron de mala fe, la sociedad se considerará nula desde su celebración, quedando en todo caso a salvo los derechos que un tercero tuviere contra el fondo social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.