Artículo 2048 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2048.- Si el acto jurídico fuere gratuito, procede la acción aún cuando haya habido buena fe por parte de ambos contratantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.