Artículo 2135 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2135.- Los contratantes pueden convenir en que el precio sea el que corre en día o lugar determinados o el que fije un tercero designado por ellos en el contrato o posteriormente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.