Artículo 2191 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2191.- El contrato de compraventa de bienes inmuebles, producirá efectos contra terceros a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad, en los términos prescritos en este Código.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN Y REUBICADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2003)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.