Artículo 2551 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2551.- La responsabilidad de todas las infracciones que durante el transporte se cometan, de leyes o reglamentos fiscales o de policía, será del conductor y no de los pasajeros ni de los dueños de las cosas conducidas, a no ser que la falta haya sido cometida por estas personas.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE ABRIL DE 2003)
Asimismo, será responsable el conductor por los daños y perjuicios que se originen por su impericia o negligencia durante el viaje.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.