Artículo 2567 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2567.- Para cubrir el importe del hospedaje, los dueños de los establecimientos podrán pedir al huésped deposito en garantía, o pago por anticipado. Si esto no sucede o el pago es insuficiente, los equipajes de los pasajeros responden preferentemente del importe del hospedaje; a ese efecto, los dueños de los establecimiento donde se hospeden podrán retenerlos en prenda hasta que obtengan el pago de lo adeudado.
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE TÍTULO, VÉASE TRANSITORIO ARTÍCULO PRIMERO DEL DECRETO QUE MODIFICA ESTE ORDENAMIENTO.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 28 DE OCTUBRE DE 2009)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.