Artículo 2580 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
2580.- Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluidos, perderán todo derecho al patrimonio social, salvo pacto en contrario que se consigne en los estatutos.
(REFORMADO, P.O. 26 DE ENERO DE 2000)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.