Artículo 365 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
365.- Las acciones de investigación de paternidad o maternidad, sólo pueden intentarse en vida de los padres o dentro del año posterior a su fallecimiento. Si los presuntos hijos fuesen menores de edad, el término será de cuatro años y empezará a contar a partir de que se cumpla su mayor edad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.