Artículo 429 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
429.- La tutela es un cargo de interés público del que nadie puede eximirse sino por causa fundada en la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.