Artículo 485 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
485.- El tutor que fuere procesado por cualquier infracción antisocial quedará suspenso en el ejercicio de su encargo desde que se dicte el auto de formal prisión hasta que se pronuncie sentencia irrevocable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.