Artículo 642 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
642.- Los edictos se publicarán por dos meses, con intervalo de quince días, y se remitirá a los cónsules como previene el artículo 625.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.