Artículo 653 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
653.- El fallo que se pronuncie en el juicio de declaración de ausencia podrá impugnarse mediante la interposición del recurso de apelación que se admitirá en ambos efectos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.