Artículo 762 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
762.- En caso de despojo, tanto el que tiene la posesión originaria, como el que tiene la posesión derivada gozan del derecho de pedir ser restituidos en la posesión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.