Artículo 949 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
949.- La extinción voluntaria del régimen de propiedad en condominio, requerirá el acuerdo de un mínimo del 75 por ciento de los votos totales de los condóminos, salvo que la escritura constitutiva prevea un porcentaje más elevado.
(REFORMADO, P.O. 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.