Artículo 954 de Código Civil del Estado de Chihuahua
Código Civil del Estado de Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
954.- Aunque un condómino haga abandono de sus derechos, no use o renuncie a usar determinados bienes comunes, continuará sujeto a las obligaciones que impone este Código, la escritura constitutiva, el Reglamento de Condominio y Administración y las demás disposiciones legales aplicables.
955.- (DEROGADO, P.O. 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
(REFORMADO, P.O. 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.