Artículo 1122 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1122.- La adquisición de bienes en virtud de la posesión, se llama prescripción positiva: la liberación de obligaciones, por no exigirse su cumplimiento, se llama prescripción negativa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.