Artículo 1377 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1377.- Son nulas la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a nu (sic) usar de ese dereho (sic), sino bajo ciertas condiciones, sean éstas de la clase que fueren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.