Artículo 1409 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1409.- El papel en que esté escrito el testamento o el que le sirva de cubierta, deberá estar sellado y cerrado, o lo hará cerrar y sellar el testador en el acto del otorgamiento, y lo exhibirá al Notario en presencia de tres testigos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.