Artículo 1434 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1434.- Toda persona que tuviere en su poder un testamento cerrado y no lo presente, como está prevenido en los artículos 1392 y 1394 o lo sustraiga dolosamente de los bienes del finado, incurrirá en la pena, si fuere heredero por intestado, de pérdida del derecho que pudiera tener, sin perjuicio de la que le corresponda conforme al Código Penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.