Artículo 1711 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 1711.- El hecho positivo o negativo, objeto del contrato, debe ser:
I.- Posible; y II.- Lícito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.