Artículo 2124 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 2124.- Puede asumirse contractualmente la obligación de celebrar un contrato futuro.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.