Artículo 2562 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 2562.- Los asociados que voluntariamente se separen o que fueren excluídos, perderán todo derecho al haber social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.