Artículo 2573 de Código Civil del Estado de Durango
Código Civil del Estado de Durango · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ART. 2573.- El contrato de sociedad debe contener:
I.- Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;
II.- La razón social;
III.- El objeto de la sociedad;
IV.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuír.
Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el artículo 2571.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.